La ciudad de Mercedes fue escenario de un fallo judicial inédito que pone en el centro de la escena la responsabilidad penal frente a delitos ambientales. El Tribunal de Juicio, a cargo del juez unipersonal Ramón Alberto Ríos, condenó a un hombre de 72 años a tres años de prisión en suspenso por el delito de contaminación peligrosa, en el marco de la Ley Nacional N.º 24051 de Residuos Peligrosos.
El caso se originó a raíz del funcionamiento clandestino de una curtiembre y talabartería instalada en un domicilio particular, que carecía de habilitación ambiental, estudios de impacto y sistemas de tratamiento de residuos. Desde allí se vertían productos químicos altamente tóxicos, como arsénico, plomo y cromo, directamente al suelo, a la vía pública y de forma clandestina en la red cloacal.
La investigación, llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal, permitió constatar que los vertidos ponían en riesgo la salud de la población y la integridad del ecosistema local. Aunque no se registraron daños concretos en personas, la Fiscalía subrayó que la potencialidad de la contaminación era suficiente para configurar un delito contra el ambiente.