En una repentina conferencia de prensa, el Secretario de Energía, Javier Iguacel, defendió los aumentos de gas y dijo que son legales. Además, detalló que “el extra que pagará cada usuario será entre $90 y $100 por mes”. El funcionario habló luego de la denuncia penan que recibió hoy del fiscal Guillermo Marijuan por la resolución en la que dispuso una compensación para las distribuidoras de gas en virtud de la devaluación del peso argentino con respecto al dólar.

Iguacel aseguró que “estamos tratando de salir de una debacle”, habló de que el “kirchnerismo dejó tarifas dolarizadas” y destacó que gracias al gobierno de Macri se está volviendo a producir gas, sobre todo en Vaca Muerta.

“Con el precio que el kirchnerismo dejó firmado hubiésemos pagado más del doble por las facturas”, expresó. El funcionario dijo que el 62% de los hogares tienen gas de red, hizo foco en que “entendemos muy bien el esfuerzo que hacen los argentinos” y volvió a hablar de que le plan es aplicar desde 2019 un plan de “tarifa plana” para que los usuarios paguen lo mismo a lo largo del año y evitar los picos en invierno.

Iguacel explicó que la tarifa se forma por el costo del trasporte, luego la distribución en sí, la red de media y baja presión, y luego el consumo. “Los primeros dos son contratos pesificados. La distribución se ajustan por inflación”, detalló. “El insumo estuvo siempre dolarizado, el 70% de su matriz lo está”, dijo.

La resolución

La Resolución 20 de la Secretaría de Energía, publicada el 5 de octubre de 2018 había establecido que “en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) instruirá a las prestadoras del servicio de distribución al
recupero del crédito a favor de los productores en línea separada en la factura de sus usuarios, en 24 cuotas a partir del 1º de enero de 2019”.

Hasta ahí cumplía con la regla instruida por la Ley 24.076 del mayo de 1992, y sus modificaciones, pero, según interpretó una parte de la justicia y la asociación de consumidores, el secretario de Energía se excedió en sus facultades constitucionales, porque “ningún aumento de tarifas puede tener un efecto contractivo”.

Más aún, porque en el artículo 1 de esa resolución se dejó en claro que “las Diferencias Diarias Acumuladas y actualizadas al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, serán distribuidas por las prestadoras del servicio de distribución a cada

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