El suspendido intendente de Mercedes Diego Caram fue detenido este lunes a la tarde, en el cumplimiento de una orden judicial.
La jornada del lunes se presentó con sorpresas en la comuna de la localidad ubicada en el centro sur de la provincia.
Suspendido en sus funciones por el Concejo Deliberante luego de una sentencia judicial por corrupción, Caram intentó reasumir en el cargo.
Por la mañana se presentó en la oficina del intendente, se sentó en el sillón del Jefe Comunal, se sacó una foto e intentó retomar funciones.
Lo había hecho amparado en una amañada interpretación de la Carta Orgánica, en la que se especifica que las suspensiones se dan por 30 días.
Los concejales, sin embargo, aplicaron el correctivo institucional en cumplimiento de una orden judicial, que nada tenía que ver con las cuestiones administrativas expuestas en la norma base de la comuna.
Por la tarde, y en cumplimiento de una orden judicial, Caram fue detenido y alojado en la comisaría primera de la ciudad.
Así terminó la breve recuperación del poder del intendente condenado por corrupción, con una sentencia que no le permite ejercer cargos públicos de por vida.

EL INFORME OFICIAL

En horas de la tarde de este lunes, el Fiscal doctor Adrián Aurelio Casarrubia, a cargo de la UFIC-Mercedes, luego de recibida una denuncia en horas de la mañana; solicitó, por audiencia unilateral (art. 226 del CPP), la detención del Intendente, actualmente suspendido, Diego Martín Caram.

Al realizar su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal, mencionó la sospecha que pesa sobre aquel por la presunta autoría del delito provisionalmente calificado de USURPACIÓN DE AUTORIDAD Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, ya que se habría presentado en el despacho del intendente, a fin de retomar las funciones de las que se encuentra actualmente suspendido por resolución del Concejo Deliberante en razón de la condena, aún no firme, dictada hace unos meses por Tribunal Oral Penal de Mercedes.

Asimismo el fiscal, solicitó el secuestro de algunos elementos que se sumarán a su investigación y motivó, en todos los casos, la urgencia en la realización de las tareas, requiriendo la habilitación de nocturnidad (art. 172 último párrafo del CPP) para el allanamiento y la posterior detención. Expuso principalmente las razones que, a su criterio, justifican la detención de Caram; por resultar un riesgo (arts. 224 y 225 del CPP), para el éxito de la investigación, que este permanezca en libertad.

Así, el personal policial, con la orden judicial, procedió en horas de la noche, en razón de la urgencia y gravedad del hecho, al allanamiento del domicilio de Caram (B° Santa María de Mercedes), al secuestro de elementos necesarios para la investigación y la detención del mismo, quien ya se encuentra alojado en la Alcaidía de la Comisaría Primera de Mercedes, asistido de su defensor doctor Marcos Harispe.

Ahora el Fiscal, conforme las previsiones legales (art. 230 del CPP), deberá formalizar la imputación al detenido y requerir audiencia a la Oficinal Judicial, dentro de las 72hs, a fin de solicitar al Juez de Garantías las medidas de coerción que estime (art. 232 del CPP).