El trámite es requisito necesario para el cobro de las jubilaciones y pensiones, y lo deben realizar los jubilados y pensionados personalmente o por medio de sus apoderados. Durante la pandemia se ha prorrogado la suspensión.

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) extendió este jueves la suspensión del trámite de la supervivencia-fe de vida hasta el 31 de marzo de 2021, por lo que no será necesario realizarlo para percibir las jubilaciones y pensiones de enero, febrero y marzo del año entrante.

De esta forma, la medida anunciada por la Anses en un comunicado implica que para el cobro de las jubilaciones de enero, febrero y marzo los beneficiarios no deberán concurrir a los bancos para llevar a cabo el trámite de supervivencia. En condiciones habituales, dicho trámite es requisito necesario para el cobro de las jubilaciones y pensiones, y lo deben realizar los jubilados y pensionados personalmente o por medio de sus apoderados.

No obstante, frente a la continuidad del escenario de pandemia de coronavirus, el organismo previsional optó por prorrogar nuevamente la suspensión temporal de la diligencia. Para más información, se encuentra a disposición el sitio web de la Anses: www.anses.gob.ar/tramite/supervivencia-fe-de-vida.  

Arrancaron los pagos de jubilaciones   

En tanto, este jueves 10 de diciembre comenzó el pago de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de los beneficios que no superan los $21.393. Desde la oficina de Anses indicaron que las sucursales bancarias habilitadas atienden por ventanilla solo a los jubilados y pensionados con documentos terminados en 0 y 1 cuyos haberes NO superen la suma de $21.393. Vale recordar que, en este sentido, si bien esas personas no tienen que solicitar turno previo para cobrar el beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en la fecha asignada.

Cabe recordar que los haberes permanecerán depositados en sus cuentas. Mañana viernes 11 de diciembre, continuará el cronograma de pagos para jubilados y pensionados con documentos terminados en 2 y 3,  cuyos haberes NO superen la suma de $21.393.