En “Abierto a la Tarde”, el abogado Mateo Primorac explicò los alcances de la nueva ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante de Corrientes.


El pasado 3 de octubre, fue aprobada una ordenanza que prohíbe que los canes circulen sin los elementos de control y seguridad. La normativa prevé sanciones para sus propietarios y hasta el retiro de la vía pública del animal. Tampoco podrán andar por zonas de recreo infantil.

El Concejo Deliberante capitalino una ordenanza que establece la prohibición de que los perros permanezcan (o paseen) en espacios públicos desprovistos de correa, cadena o cordón resistente para su control.

Esa propuesta, apuntalada por el edil Julián Miranda Gallino, se dio en virtud de los cientos de ciudadanos que, cotidianamente, sacan a pasear a sus canes en plazas, parques y veredas citadinas.

La flamante legislación comunal prevé que agentes municipales que observen el deambular del can, sin cadena o correa, adviertan al propietario del animal que proceda conforme a la ley, pues caso contrario se los retirará del lugar.

La Ordenanza remarca que en caso de reincidencia, el dueño del cuadrúpedo recibirá una multa equivalente a entre 20 y 40 litros de nafta súper.

Además se fijó que esos animales no podrán acceder a las áreas de recreo infantil (areneros, toboganes, entre otros puntos) de los espacios de uso público, como así también a fuentes ornamentales, estanques o similares y tampoco podrán beber directamente de grifos o caños de agua de uso público.


Para ello, sus dueños deberán llevar consigo algún recipiente en el que puedan darle agua o refrescarlos durante sus habituales caminatas.