La Corte Provincial, por mayorí, declaró la nulidad de la sentencia del Tribunal Oral Penal Nº1 que absolvió por insuficiencia probatoria a Raúl Alberto Escalante, por el Homicidio Calificado mediando Violencia de Género de Tamara Zalazar, ordenando  que se realice un nuevo debate.

El Superior Tribunal de Justicia resolviópor mayoría en la sentencia Nº 45/19, que se declare de oficio la nulidad de la sentencia del TOP Nº1 que también por mayoría- absolvió por insuficiencia probatoria a Raúl Alberto Escalante.

La Corte Provincial dispuso que se reenviara la causa por el Homicidio Calificado mediando Violencia de Género de Tamara Zalazar a Juicio a fin de que el Tribunal -con otra integración- realice un nuevo debate.

Tamara, de 19 años, salió de su casa a las 12 y 30 horas del 12 de enero de 2016 para encontrarse con un hombre, Escalante, a quien había conocido por Facebook el 5 de ese mes. Un transeúnte encontró su cuerpo en un zanjón en la mañana del día siguiente, en la Ruta 5 a la altura del Km 42.

La causa llegó al Máximo Tribunal porque tanto la Fiscalía de Juicio como la querella presentaron recursos de casación.

En la casación lo que el STJ está facultado a revisar y controlar es exclusivamente todo aquello que se encuentra registrado por escrito en el expediente, ya sea documental o pericial. Y en relación a los testigos, lo que éstos declararon.  Lo que además se exige en este control es que la sentencia -como una unidad jurídica- posea fundamentos lógicos en y sea coherente.