Solicitan al Poder Ejecutivo nacional que ordene la confección de un protocolo para solucionar el conflicto durante la transición, hasta resolver la cuestión limítrofe.

En la sesión de ayer, el Senado de la Provincia aprobó por unanimidad la resolución presentada en conjunto por las bancadas oficialista y opositora, en la que se solicita al Poder Ejecutivo nacional que ordene la confección de un protocolo de mediación tendiente a solucionar el conflicto durante la transición, hasta resolver definitivamente volver a los límites con Paraguay, establecidos en el tratado de 1876.

El senador Noel Breard dio una extensa fundamentación sobre el expediente Nº 6.950/18, proyecto de resolución del que, vale destacar, fue suscripto por senadores de los bloque ECO-Cambiemos y PJ-Frente para la Victoria. De esta manera, la Cámara alta sentó postura después del incidente ocurrido días atrás en isla Apipé Grande, debido al accionar de integrantes de la Prefectura Naval de Ayolas (Paraguay) que solicitaron que dejaran de pescar a un grupo que participaba de un concurso de pesca variada de costa con devolución, obligando también a suspender el certamen.

A través de esta iniciativa, se pide al Ejecutivo nacional que ordene la confección de un protocolo de mediación tendiente a solucionar el conflicto durante la transición hasta resolver definitivamente volver los límites al tratado de 1876 y donde la isla Apipé esté rodeada de aguas argentinas integrándose al continente, dejando consecuentemente sin efecto lo resuelto por la comisión demarcadora presidida por Luis María Miró y aprobada por decreto del presidente de Facto, Reynaldo Bignone, el cual no pasó por el Congreso de la Nación.

Además, dieron media sanción y giraron a Diputados el proyecto de ley presentado por la senadora Graciela Raquel Rodríguez, por el que se transforman los juzgados de Paz de San Luis del Palmar, Alvear y Sauce en juzgados Civil, Comercial, Laboral, Familia y Menores.

También recibieron media sanción el expediente Nº 6.860/18 que contempla la creación de un escalafón propio para el personal del Instituto de Cardiología, y el expediente Nº 686.218 que contempla la regulación del régimen jurídico aplicable a las Reservas Naturales Privadas.

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Nacional, a través de los Organismos pertinentes, tenga a bien ordenar la confección de un Protocolo de mediación tendiente a solucionar el conflicto jurisdiccional suscitado en inmediaciones de Isla Apipé (Argentina) con la República del Paraguay.-
ARTICULO 2°.- SOLICITAR asimismo se arbitren los mecanismos necesarios para que se vuelva a fijar como límite el brazo San José Mi del río Paraná, que circunda la isla Apipé Grande por su lado norte, separándola de las islas Yacyretá, Soto Cué, Yegros, de la costa paraguaya.-
ARTICULO 3°.- ACOMPAÑAR las gestiones emprendidas por el Poder Ejecutivo provincial ante las autoridades nacionales, como así también hacer propios de este Cuerpo los reclamos efectuados por el Gobernador.
ARTICULO 4°.- INSTAR al Gobierno Nacional, a través del envío de esta Resolución, para que continúe con las tratativas internacionales emprendidas hasta lograr un acuerdo con la República del Paraguay que concluya con el conflicto.
ARTICULO 5°.- SOLICITAR al Gobierno Nacional que se revea a tarea de la Comisión Demarcadora que arrojara como resultado la irrazonable adjudicación de jurisdicción exclusiva a favor de la República del Paraguay sobre las aguas que circundan la Isla Apipé, resultado alcanzado so pretexto de haber interpretado el Tratado de 1876, logrando una modificación al mismo y una desviación de sus fines, generando más conflictos que soluciones al resultar disfuncional para los objetivos de una convivencia pacífica.
ARTICULO 6°.- SOLICITAR Gobierno Nacional que en la transición hacia el acuerdo definitivo, se forme una fuerza de seguridad conjunta entre ambos países que pueda abarcar sin conflictos la problemática de seguridad, preservación del ambiente y recursos naturales, y las cuestiones migratorias, para facilitar la vida y la convivencia armónica de las personas.
ARTICULO 7°.- PONER de manifiesto que se brega por el anhelo de que se celebre un nuevo acuerdo internacional que recomponga la situación limítrofe a términos razonables, aprobándose debidamente dicho acuerdo por los parlamentos de ambas naciones.
ARTICULO 8°.- REMITIR copia de la presente al Poder Ejecutivo Nacional, a las Presidencias de las Cámaras que componen el Poder Legislativo Nacional y, a través de ellos a los Señores Legisladores Nacionales por la Provincia de Corrientes.-
ARTICULO 9°.- INCORPORAR como anexo documental de esta Resolución la fotocopia del Expediente Nro. 46.433 del año 1996 de la Subsecretaría de Política Latino Americana dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.-
ARTICULO 10°.- DE forma.-
[1] HENDERSON, H. “Los tratados internacionales de derechos humanos en el orden interno: la importancia del principio pro homine”. Revista del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 39, (Enero/Junio de 2004), p. 87.